jueves, 27 de febrero de 2014

CCOO no firmara el art. 41 del cobro de comisiones en El Corte Ingles

Desde que en septiembre del 2012 la Empresa, Fasga y Fetico modificaron el sistema de las comisiones para la Div. 22 con otro art. 41, la empresa ha estado dándole vueltas para traspasar el modelo al conjunto de departamentos, divisiones y unecos. CCOO no firmo entonces porque la pretensión era el recorte efectivo de las comisiones por venta. El tiempo da la razón y hasta los firmantes, que tan bien lo vendieron en su momento, se han quejado, el sistema se ha revelado claramente como lo que era y CCOO denunciábamos; INJUSTO, OPACO Y DISCRIMINATORIO.

 Pero como no era suficiente el hachazo económico que le dieron a los trabajadores y trabajadoras de la Div. 22, ahora le toca al resto del personal que entonces quedaba al margen. El objetivo de este nuevo art. 41 es meter la mano en el bolsillo y recortar el pago de parte de la comisión que se generan en la actualidad.
La empresa quiere implantar un sistema de comisiones (en algunas divisiones como la 6, la 9 y Hostelería será colectivo y en el resto seguirá individual) en el que se exigirán una venta mínima por la que no se abonará comisión alguna y sólo cuando se supere se empezara a cobrar.

Desde que comenzaron las negociaciones para esta modificación, CCOO ha puesto encima de la mesa dos premisas: que no exista una venta mínima y que la evaluación del desempeño (caso de implantarse) fuese un plus añadido a las comisiones, nunca una actualización de “la piedra”. Además se recordo la petición que CCOO venia reiterándoles de establecer un sistema de comisiones para los colectivos que no las perciben como son los trabajadores y rabajadoras del supermercado, administración, mantenimiento, caja, etc.

CCOO NO firmara un acuerdo de estas características porque no acepta:

1- La exigencia de una VENTA MINIMA por la que no se devenguen derechos económicos. Ya se esta perdiendo con la polivalencia, el aumento de la jornada, los festivos gratis, la congelación salarial o el no pago del sueldo cuando se esta de baja.

2- Una EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO subjetiva, hasta el momento totalmente opaca y que está diseñada para que NUNCA se logre alcanzar el derecho a cobrar el 100% de la comisión que se haya generado.

3- Que sean los propios trabajadores y trabajadoras quienes, solidariamente, tengan que compensar la mala gestión de la empresa, supliendo la falta de venta de unos centros con una mayor exigencia para otros.

4- Que la empresa aumente los colectivos con derecho a percibir comisión (supermercado, servicios, etc.), como CCOO viene reclamando, pero que éste derecho sea a costa de las comisiones del resto de vendedores y vendedoras.

Fuente: http://www.fecoht.ccoo.es/fecoht/Inicio:573121--CCOO_no_firmara_el_art._41_del_cobro_de_comisiones_en_El_Corte_Ingles

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